El Tribunal Supremo ratifica la absolución del exalcalde de Navalcarnero en el caso del polideportivo

El Tribunal Supremo ha confirmado la absolución del exalcalde de Navalcarnero Baltasar Santos  y de otros tres acusados que se sentaron en el banquillo por presuntas irregularidades en la construcción de un polideportivo en el municipio, cuya adjudicación se remonta al año 2006.

La Sala de lo Penal ha ratificado la sentencia que absolvió en 2020 a Santos, a una interventora, a un técnico municipal y a un arquitecto de los delitos de prevaricación, falsedad en documento oficial, malversación y fraude en la contratación pública.

Los cuatro se sentaron en el banquillo por las presuntas irregularidades que giraron en la gestión de la construcción de un polideportivo en la localidad madrileña, adjudicada por 14,8 millones de euros.

El tribunal que los juzgó sentenció que no se pudo probar ni que existiese «un acuerdo o concierto» entre ellos para incumplir el concurso y el contrato de concesión para hacer «una obra diferente y más cara», ni que el exalcalde, que estuvo al frente del Ayuntamiento veinte años con el Partido Popular, «fuera plenamente conocedor de que se estaban ejecutando unas obras con diferencias relevantes frente al proyecto aprobado».

Disconforme con esa tesis, la acusación popular que ejercía el Ayuntamiento de la localidad (PSOE y Vecinos por Navalcarnero) acudió ante el Tribunal Supremo, que ahora ha desestimado su recurso en una sentencia en la que recuerda que no es su función volver a valorar las pruebas que se presentaron en el juicio.

El Supremo apoya los motivos por los que la Audiencia de Madrid optó por la absolución pues, dice, «no basta pensar que quizás el técnico del Ayuntamiento, la interventora y el alcalde pudieron tener conocimiento de esos desvíos de las obras respecto del proyecto», sino que «es necesario llegar a la certeza más allá de toda duda razonable de que actuaron con ese conocimiento». Y añade que «hay muchos elementos» para considerar que «no haber alcanzado esa convicción es razonable».